Asesoría alta y fiscalidad autónoma
A continuación hacemos un breve resumen con la información recogida en la asesoría de ayer
CONSTITUIR TU ACTIVIDAD ECONÓMICA COMO AUTÓNOMA
Para hacer la gestión administrativa del alta como autónoma en la Seguridad Social, puedes optar por hacerlo por distintas vías
- Aquí puedes darte de alta como autónoma sede electrónica de la Seguridad Social. Además, deberás entrar en la sede electrónica para recibir las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- También puedes hacerlo a través puntos de acceso al emprendedor/a buscador (PAE): se encargan de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial. Simplifica la gestión y ahorra visitas, ya que permite presentar conjuntamente online y de una tacada el alta en Hacienda y en la Seguridad Social ajustándose a los tiempos marcados por Ley.
En el momento de inscribirse, deberás hacer constar la entidad gestora o mutua por la que opta para cubrir el riesgo por enfermedad profesional y accidente de trabajo. Aquí tienes las Mutuas que tienen convenio con la Seguridad Social.
Para determinar tu base de cotización, a partir de 2023 tienes que realizar una previsión mensual de tus rendimientos netos.
Este sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo/a tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos. Calcula aquí tu cuota
La cuota de cada autónomo/a se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,20% a la base de cotización que elija de entre la mínima y la máxima dentro de su tramo.
Bonificación para autónomos/as
Tarifa plana de 80 euros: la tarifa plana para autónomos/a pasa a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos. Y en los siguientes 12 meses el/la autónomo/a puede seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del SMI.
Bonificación por el mismo período del IRPF a un 7%
Tras el alta en la seguridad social como autónoma [te recomiendo que sea el mismo día o en una fecha próxima] tendremos que darnos de alta en actividades económicas en la Agencia Tributaria [si lo has hecho a través del PAE el trámite se hace a la vez que el alta en la Seguridad Social] Se hace mediante el modelo 036 o 037 En este documento informas de los impuestos a los que debe hacer frente. Ambos documentos se podrán presentar de forma presencial [con cita previa] o en la sede de Agencia Tributaria con certificado electrónico.
El modelo 037 de declaración censal simplificada puede ser utilizado por las personas que tengan asignado un número de identificación fiscal, no actúen por medio de representante, su domicilio coincida con el de gestión administrativa, no sean grandes empresas y no realicen ventas a distancias.
Los epígrafes de actividad que has elegido son los adecuados:
Una vez inscrita, debes comunicar la apertura del centro de trabajo en la Junta de Andalucía. Aquí describirás tu domicilio como centro de trabajo, según me contaste, y el tipo de actividad que vas a desarrollar .
EXENCIONES DE IVA PARA AUTÓNOMOS/AS
Servicios educativos, de enseñanza y formación
En materias incluidas en los planes de estudio de centros de derecho público o privado.
Servicios sanitarios
La asistencia o atención ejercida por médicos y profesionales del sector sanitario con titulación oficial. A excepción los servicios de cirugía estética, acupuntura, naturopatía, mesoterapia y digitopuntura por no estar considerados oficialmente como profesiones médicas.
Servicios artísticos
Persona escritoras, artistas plásticos, dibujantes, literatos y aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor/a. Es el caso también de las colaboraciones periodísticas con medios impresos y de carácter periódico (la ley deja fuera de la exención los trabajos para medios online).
Servicios inmobiliarios
Los arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos y no edificables.
Operaciones relacionadas con la contratación y prestación de seguros y los servicios de mediación de dichas operaciones.
FISCALIDAD E IMPUESTOS
Te mando un enlace donde explican muy bien los impuestos que vas a tener que gestionar, es Infoautónomos, que es bastante fiable, desde mi punto de vista
Como te comenté, si todas tus actividades van a estar exentas de IVA, deberías señalar en el modelo 036 ó 037 la casilla 501
La casilla 501 formula la siguiente pregunta: ¿Realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que no obligan a presentar autoliquidación periódica (art. 20 y 26 Ley IVA)?. Con carácter general, los sujetos pasivos deben realizar por sí mismos la determinación de la deuda tributaria y su ingreso, mediante las correspondientes autoliquidaciones periódicas. Éstas deben presentarse incluso cuando no haya cuotas devengadas ni se practique deducción de cuotas soportadas. Sin embargo, no estarán obligados a presentar autoliquidaciones los sujetos pasivos que realicen exclusivamente: operaciones no sujetas al impuesto (artículo 7 Ley 37/1992)
Cualquier cuestión, no dudes en ponerte en contacto con nosotras. Espero que te vaya muy bien
Ha sido un placer conocerte y conocer tu proyecto. Gracias por la confianza